
Director de la UNGRD y mandatarios de La Mojana, sancionados por no atender emergencia
La Sección Primera, Sub sección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, ejecutó la medida.
La Sección Primera, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró en desacato al director de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Carlos Carrillo Arenas, así como a los mandatarios municipales y departamentales de la región de La Mojana, por no haber atendido adecuadamente la emergencia ocasionada por la ola invernal de finales de 2021.
El Tribunal impuso una sanción económica equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, que deberán ser pagados de manera personal por los implicados dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la sentencia.
Estos fondos serán destinados al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos. La decisión, que consta en una sentencia de 98 folios y tiene como magistrada ponente a Claudia Elizabeth Lozzi Moreno, será sometida a consulta ante el Consejo de Estado.
La sanción afecta, además de Carlos Carrillo Arenas, a otros funcionarios, incluyendo al presidente y representante legal de la Fiduciaria La Previsora S.A., Jhon Mauricio Marín Barbosa, así como a los gobernadores de Sucre, Lucy García Montes; de Córdoba, Erasmo Zuleta Bechara; y de Bolívar, Yamil Arana Padauí.
También se incluye a los alcaldes de varios municipios de Sucre, Bolívar, Córdoba y Antioquia, como San Marcos, Guaranda, Magangué, Ayapel y Nechí, entre otros.
El Tribunal instó a los funcionarios a que, “en virtud del principio de colaboración armónica y en el marco de sus competencias”, contribuyan de manera integral a superar las emergencias en la región.
Esta decisión se deriva de una providencia emitida el 27 de febrero de 2024, en la que se ordenó a las entidades accionadas llevar a cabo una serie de acciones para atender a las familias afectadas por la ola invernal. Sin embargo, al no cumplirse estas órdenes, se procedió a declarar el desacato.
Entre las medidas que debieron ejecutarse se encontraba la actualización del censo de personas y familias damnificadas, así como la identificación de predios necesarios para las intervenciones requeridas, con el fin de atender las afectaciones y necesidades de la población en el marco de los planes de acción dispuestos por las entidades responsables.
Este proceso fue iniciado por la Defensoría del Pueblo a nivel nacional mediante una acción popular.