Corte Suprema concede prisión domiciliaria a mujer de 87 años condenada por no pagar impuestos
El alto tribunal cuestionó a los jueces que inicialmente le habían impuesto pena intramural. La mujer deberá cumplir la condena en casa, con garantías para su atención médica.
La Corte Suprema de Justicia ordenó que una mujer de 87 años, condenada por evadir el pago de impuestos a la Dian, cumpla su pena en prisión domiciliaria y no en un centro carcelario, como lo habían dispuesto jueces de primera y segunda instancia en Santander. El alto tribunal reprochó a los falladores que impusieron la condena de cuatro años y medio de cárcel, al no valorar la avanzada edad de la procesada como una circunstancia que la hace especialmente vulnerable. “A sus 87 años, e incluso dejando de lado las enfermedades que la aquejan, los jueces estaban obligados a examinar esas circunstancias que imponen un tratamiento especial”, señaló la Corte en su fallo.
La mujer fue hallada responsable del delito de omisión del agente retenedor o recaudador, pues, en calidad de representante legal de una empresa, dejó de consignar los dineros recaudados por concepto del IVA en varios periodos, lo que generó una deuda superior a 56 millones de pesos. Si bien la Corte no desconoció la gravedad de la conducta ni los fundamentos de la condena, aclaró que desde un inicio se pudo conceder la prisión domiciliaria, en lugar de trasladar la decisión al juez de ejecución de penas.
Asimismo, el fallo enfatiza en que la condenada debe contar con todos los permisos necesarios para su atención médica y que el Inpec deberá realizar los procedimientos administrativos de control y reseña en su vivienda y no en un centro penitenciario.
Con este pronunciamiento, la Corte recordó a los jueces que la aplicación de la ley también debe considerar los criterios de dignidad humana y proporcionalidad, en especial tratándose de personas de edad avanzada.