Recargo nocturno aprobado en la reforma laboral comenzaría a partir de las 7:00 p.m., con un incremento del 35 % sobre el salario base.
Se establece el auxilio de conectividad para teletrabajadores con ingresos menores a dos salarios mínimos, en reemplazo del auxilio de transporte.
Se aprobaron artículos que promueven empleos verdes y azules y garantizan derechos laborales para quienes trabajan bajo la modalidad de teletrabajo.
De a poco avanza en la Cámara de Representantes la aprobación de la reforma laboral. El miércoles se aprobó el recargo nocturno que de pasar todo el texto cambiaría la dinámica laboral tal y como la conocemos en nuestro país.
¿Cómo sería el recargo nocturno?
De acuerdo a lo que dice el texto de la reforma laboral en su artículo 13 y que fue aprobado por 86 votos positivos y solo 9 en contra, la jornada diurna iniciaría a partir de las 6:00 de la mañana e iría hasta las 7:00 de la noche.
Mientras que el recargo nocturno empezaría a regir a partir de las 7:00 de la noche y se extendería hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.
De surtir su trámite la iniciativa legislativa del Ministerio del Trabajo, los empleadores se verían en la obligación de pagar dicho recargo -para los casos que aplique- después de 6 meses de aprobada el proyecto de ley.
El recargo, que comprende 11 horas (de 7:00 p.m. a 6:00 a.m.), en palabras de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, vendría a ser del 35 % por trabajar en las horas de la noche.
Para la ministra, con la aprobación del artículo “restauramos el derecho del trabajo nocturno a los trabajadores de Colombia (…) Esto hace justicia laboral, fueron 28 años en los que a los trabajadores/as les habían cercenado este derecho y ahora lo volvemos a restaurar”.
Auxilio de conectividad
Pero ese no fue el único artículo que fue aprobado y que obligaría a los empleadores a pagar más a sus empleados. También se aprobó el auxilio de conectividad en reemplazo del de Transporte.
El artículo 57 dice que el empleador deberá otorgar el reconocimiento de un auxilio de conectividad para teletrabajadores que devenguen menos de 2 salarios mínimos, en reemplazo del auxilio de transporte. Y solo tendrán derecho a recibir uno de estos auxilios, independientemente de la modalidad de teletrabajo otorgado.
“El auxilio de conectividad no es constitutivo de salario, sin embargo, el auxilio de conectividad será base de liquidación de prestaciones sociales para aquellos trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, reza el artículo.
Durante la plenaria de este miércoles también se aprobaron siete artículos más que versan en torno a los empleos verdes y azules para una transición justa para las y los trabajadores, y los relacionados con las garantías laborales para quienes están bajo la modalidad de Teletrabajo.
Estos fueron los artículos aprobados:
Artículo 13: Trabajo diurno y nocturno.
Artículo 53: Lineamientos de Política Pública de Trabajo Digno y Decente para la transición justa y el Empleo verde y azul
Artículo 54: Incentivos al Empleo Verde y Azul
Artículo 55: Formación para la promoción de empleos verdes y azules
Artículo 56: Modalidades de Teletrabajo
Artículo 58: Garantías Laborales, Sindicales y De Seguridad Social Para Los Teletrabajadores.
Artículo 59: Promoción de las diferentes modalidades de trabajo a distancia.
En total se aprobaron 8 artículos y se espera que en la próxima sesión plenaria se termine el total del articulado.