Condenan a los 18 años de prisión a Jairo Medina por crimen de Liliana Segovia
El Juzgado Sexto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Barranquilla impuso el monto de la pena por los delitos de homicidio agravado, hurto calificado agravado y transferencia no consentida de datos.
El Juzgado Sexto Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Barranquilla condenó en la mañana de este martes 14 de febrero a Jairo Medina Vega, el sujeto que aceptó haber participado el año anterior en el asesinato de Liliana Segovia Navarro, de 36 años, en hechos ocurridos en el barrio Betania de Barranquilla.
En medio de una diligencia virtual, el representante de la justicia manifestó que el Medina Vega debía pagar una pena en centro carcelario por 223 meses, lo equivalente a unos 18 años. Además, ordenó al condenado a pagar 105 salarios mínimos legales mensuales como método de reparación a las víctimas.
Recordemos que Jairo Medina Vega dio su versión sobre el crimen de Liliana Segovia Navarro y en marzo del año anterior aceptó los cargos imputados por la Fiscalía por homicidio agravado, hurto calificado y transferencia no consentida de activos. Eso le valió una rebaja de pena y, más allá, una sentencia anticipada.
La existencia o la historia de la mujer, de 36 años y oriunda de Mompox, Bolívar, fue conocida por los medios desde el martes 1 de marzo cuando se emitió una circular con sus datos y una fotografía de su rostro desde el Grupo de Búsqueda de Personas Desaparecidas del CTI de la Fiscalía, tras denuncia interpuesta por su desaparición.
Un día después, su cuerpo sin vida fue hallado con bolsa y cinta en su cabeza en un sector enmontado, perteneciente a una finca, del municipio de Tubará.
Cabe señalar que el hoy procesado también vinculó al hecho criminal a un primo identificado como Andrés Mauricio Álvarez Vega, quien habría sido el presunto determinador y coautor material del homicidio de la mujer.
Al cierre de la audiencia de este jueves, el Ministerio Público pidió un recurso de apelación ante la condena de Medina Vega, la cual podrá hacerse por escrito en los cinco días siguientes al anuncio del togado y solo puede ser por “cuestionar el “quantum punitivo y lo relacionado con la negación de subrogados penales”.