Exsecretario Barraza se queda en la casa: juez ratifica decisión
Dicho recurso fue argumentado este martes en la sala 13 del Centro de Servicios Judiciales, donde la Fiscalía dijo que la medida no era proporcional con los delitos de los que señalan al funcionario.
Luego de al menos tres horas de intervención de la Fiscalía de delitos contra la Administración Pública argumentando la necesidad de enviar a la cárcel de manera preventiva al exsecretario de Educación departamental Dagoberto Barraza; el juez 17 penal municipal con funciones de control de garantías, Delio Iván Nieto, ratificó este martes la decisión de dictar medida de aseguramiento con detención domiciliaria al funcionario.
A tal determinación había llegado el togado el pasado 30 de diciembre tras hallar que Barraza, junto al funcionario de la Gobernación del Atlántico Emil Pacheco y los contratistas Félix Barrios Ballestas y Uriel Enrique Reyes Pájaro, podrían haber incurrido en las conductas punibles de interés indebido en la celebración de contratos, contrato sin cumplimiento de requisitos legales, abuso de función pública y peculado por apropiación en favor de terceros; en relación con la contratación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) en Atlántico en 2016.
Ese mismo día en que se comunicó la decisión, la Fiscalía interpuso un recurso de reposición contra la medida impuesta a Barraza. Dicho recurso fue argumentado este martes 7 de enero en la sala 13 del Centro de Servicios Judiciales, donde la Fiscalía dijo que la medida no era proporcional con los delitos de los que señalan al exsecretario.
“No es razonable que esta persona esté en su casa cuando unos niños dejaron de comer (...) No es lo mismo estar en una casa que estar en un centro de reclusión, así sea una medida preventiva, porque no es equivalente a la gravedad del hecho”, dijo la fiscal, asegurando que a Barraza en su momento le había correspondido la aprobación y supervisión del contrato del PAE en Atlántico.
Ante esto, la defensa de Barraza argumentó que la interpretación de la Fiscalía era “amañada” y tenían una “organización desorganizada”, pues tanto el ente investigador como el juez habían omitido un contrato de interventoría que estaba incluido en el material probatorio y que trasladaba la responsabilidad de la supervisión a la empresa contratada. Asimismo, la defensa solicitó al juez revocar la medida de detención domiciliaria, pero para otorgar en su lugar la libertad a Barraza.
El juez, notoriamente agotado tras las maratónicas audiencias que iniciaron el 1 de diciembre de 2019, sustentó que cada parte había jugado un papel diferente a lo largo de las audiencias, pero que al ver que tanto la cárcel como la detención domiciliaria cumplían con la misma función, la ley mandaba a optar por una que no se convirtiese en una condena anticipada y por ello no repuso la decisión, sino que la ratificó.