Escena de tragedia en Gaira habla por sí sola de exceso de velocidad: Juez
El accidente dejó seis jóvenes muertos y uno gravemente herido.
Manifestando que “la escena habla por sí sola”, la juez primera municipal con funciones de control de garantías de Santa Marta, Olmis Cotes, dio a entender que la dantesca imagen del accidente vial en Gaira era una clara evidencia de que Enrique Rafael Vives Caballero conducía a exceso de velocidad al momento de arrollar a 7 jóvenes en la Troncal del Caribe, causándole la muerte a 6 de ellos.
De esta forma la togada respondió al argumento del abogado Alex Fernández Harding, defensor del imputado, quien aseguró que no existían pruebas de que su representado se movilizaba en su camioneta Toyota Hilux a alta velocidad y que, incluso, fueron los muchachos los que invadieron el carril del automotor.
A los anteriores razonamientos sumó la tesis que hace alusión a la poca iluminación de la carretera.
La juez Cotes precisó que con los elementos probatorios del álbum fotográfico, se demostró que la velocidad máxima en el sector es de 30 kilómetros por hora, por lo que consideró que si Vives no hubiera ido a una alta velocidad, quizás la tragedia no hubiera sido tan grande.
Indicó que si bien es cierto el lugar es un poco oscuro, las fotografías que se tomaron a la hora indica que no lo era tanto.
Reflexionó que si la vía estaba oscura, “con mucha más razón Vives tenía que ser más prudente al conducir”.
“Además, estaba con ingesta de alcohol", aseguró la jueza Olmis Cotes.
Recalcó que "la escena del lugar de los hechos, el cuerpo de las personas y el estado del vehículo en la parte frontal, totalmente deteriorada, hablan por sí solo del exceso de velocidad”.
“No entiende este despacho cómo el imputado no resultó mayormente afectado”, dijo en la audiencia.
Aseveró que por lo expuesto se surten los requisitos del dolo eventual como calificación de delito, establecido en el artículo 92 del Código de Procedimiento Penal.
Cuerpo en el platón
La fiscalía a través de su directora en Santa Marta, Diana Quiñónez Daza, reveló detalles de los elementos probatorios, a efectos de lograr la solicitud de medida de aseguramiento, dando cuenta del informe de la Policía el cual destaca que a la 1:25 de la madrugada del lunes pasado fue cuando tuvieron conocimiento del caso.
Reseña que "había una multitud de personas y los cuerpos regados en medio de la carretera, desmembrados varios de ellos, dejando la constancia que en el platón de la camioneta en que se desplazaba el señor Vives Caballero se encontraba uno de esos cuerpos".
Aunque no se dijo cómo habría ido a parar el este cuerpo a la parte trasera del vehículo, se dijo hipotéticamente que el fuerte golpe la habría levantado por los aires y en la caída fue a dar al platón, pues el automotor no se detuvo en el instante del primer impacto sino que siguió la marcha.
Sobre este aspecto se conoció el relato de un tractomulero que dijo haber creído que “eran cartones los que volaban”.
La Fiscalía reveló que fue tan fuerte el impacto de la camioneta con las personas que "la primera parte de un cuerpo fue a parar 200 metros a donde fue a dar el vehículo."
Se conoció que los jóvenes fueron arrollados cuando caminaban sobre la Troncal del Caribe en hilera por la orilla, casi que recostados a la baranda.
Según el reporte de la policía revelado por la Fiscalía, el informe pericial señala que se hicieron cuatro pruebas de alcoholimetría a Enrique Rafael Vives, entre las 3:09 horas y 3: 54, que en sumatoria dieron 49, ubicándose en el grado 2 de embriaguez.
Apelación a la medida
A la espera de ser trasladado a un lugar de reclusión se encuentra el empresario Enrique Vives Caballero en la clínica psiquiátrica Fusam, luego de que la jueza primera penal municipal con funciones de control de garantías de Santa Marta, Olmis Cotes le dictara medida de aseguramiento intramural por el delito de homicidio con dolo eventual, tras ser encontrado responsable de la tragedia de Gaira.
Dicha decisión congeniada con la Fiscalía, Procuraduría y defensores de víctimas, fue apelada por la defensa de Vives Caballero.
Por lo tanto, este lunes se llevará a cabo el seguimiento de la audiencia post solicitud de medida de aseguramiento, en la que Alex Fernández Harding, abogado del indiciado, expondrá los argumentos al respecto para controvertir el veredicto de la juez.
En la vista pública también estarán presentes los representantes de víctimas, garantes del estado y la togada.
En el caso hipotético que surta la apelación, deberá ser definida por un juez de segunda instancia.
De mantenerse en firme la decisión de recluirlo en la cárcel, en un plazo de 15 o 20 días, el abogado del sindicado tendrá la posibilidad de plantear una audiencia de revocatoria a la medida de aseguramiento.
La Fiscalía deberá presentar un escrito de acusación en un término de 45 días. Posteriormente se hará la audiencia preparatoria para darle lugar al inicio del juicio.