Luego de que Medicina Legal diera a conocer por medio de un dictamen las causas de la muerte del joven de 18 años, (violenta – homicidio), la Justicia Penal Militar solicitó asumir la investigación del caso, considerando que tiene el poder referente para juzgar los hechos del uniformado.
En primera instancia, la Fiscalía como justicia ordinaria habría asumido el caso y adelantó recolección de pruebas, reconstrucción de escena del crimen y mapa en el lugar de los hechos. Hoy la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura determinó que la investigación y juzgamiento será llevada a cabo por la Justicia Penal Militar, considerando que lo desarrollado por el uniformado fue un acto de servicio.
“Esta Colegiatura resolvió que en el presente caso, la competencia le asistía a la Jurisdicción Penal Militar, toda vez que los hechos en los que resultó lesionado el joven Dilan Mauricio Cruz Medina, se dieron en el marco de un acto del servicio que cumplía el agente del Esmad involucrado en los mismos”, afirma el comunicado de prensa emitido por la Sala Disciplinaria.
Por su parte la judicatura también sostuvo que “el hecho de que sea designado a la justicia penal militar, no significa que estará ante un escenario de impunidad”, con la decisión la investigación no será por homicidio sino desde el acto del servicio del agente.
“Frente al caso, bajo examen el ius puniendi en materia penal consagra dos escenarios; uno el de la Justicia Ordinaria frente a delitos que no tengan relación con el servicio activo y segundo, ante la Jurisdicción Penal Militar frente a conductas punibles relacionadas con el servicio (…) el hecho de remitir un asunto a la Jurisdicción Penal Militar signifique que en el mismo no existirá una verdadera y cumplida administración de justicia”.
Dilan Cruz falleció dos días después de recibir un disparo en su cabeza con una ‘arma no letal’ dispara por agente del Esmad en Bogotá, en el marco de las protestas desarrolladas en todo el territorio nacional.