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¿Qué Pasa?

11 años de prisión para exdirectivos de Chiquita Brands por nexos con paramilitares

Todos fueron hallados culpables del delito de concierto para delinquir agravado y deberán cumplir una pena de 135 meses de prisión. La sentencia fue emitida por el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Antioquia.

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Un juzgado especializado de Antioquia condenó a 11 años de prisión a varios exdirectivos de la multinacional Chiquita Brands por su responsabilidad en la conformación y financiación de grupos paramilitares en el norte del país. La decisión incluye una sanción económica de 13.000 millones de pesos como parte de la reparación a las víctimas de estos grupos armados ilegales.

La sentencia fue emitida por el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Antioquia, que valoró las pruebas presentadas durante el juicio y concluyó que hubo una participación activa por parte de los condenados en el fortalecimiento de estructuras armadas ilegales.

A pocos meses de que el caso prescribiera, la juez Diana Lucía Monsalve emitió el fallo contra ocho exdirectivos de la compañía, entre ellos Reinaldo Elías Escobar de la Hoz, John Paul Olivo, Charles Dennis Keiser, Álvaro Acevedo González, José Luis Valverde Ramírez, Víctor Julio Buitrago Sandoval y Fuad Alberto Giacoman Hasbún.

Todos fueron hallados culpables del delito de concierto para delinquir agravado y deberán cumplir una pena de 135 meses de prisión. La juez negó cualquier beneficio como la prisión domiciliaria o la suspensión condicional de la pena, y ordenó expedir las órdenes de captura correspondientes.

Durante el proceso, el despacho concluyó que los acusados facilitaron recursos a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), lo que incrementó su capacidad operativa y contribuyó a la prolongación del conflicto armado. En el fallo se señala que “la financiación de grupos armados no es un delito común, sino un ataque indirecto al Estado y la paz social”, al tiempo que se advierte sobre el impacto directo de esas acciones en la integridad de la población civil.

De acuerdo con lo que se puede leer en el fallo de la Corte, el enlace entre la empresa y las estructuras paramilitares fue Raúl Emilio Hasbún, alias Pedro Bonito, entonces comandante del Bloque Bananero de las AUC, quien se encargaba de canalizar el dinero hacia las autodefensas. Hasbún se desmovilizó en 2004, en una jornada celebrada en el municipio de Turbo, Antioquia.

Uno de los señalados, John Paul Olivo, quien ejercía como contralor de la empresa, alegó no tener conocimiento de los pagos. Sin embargo, la juez desestimó su versión por considerarla incongruente: “Como contralor de la empresa debía verificar los soportes de las erogaciones y reportarlos a los EE. UU., máxime unos pagos de esa magnitud”, se lee en la sentencia.

Absolución a los directivos de Banacol y regaño a la Fiscalía

En contraste, la juez absolvió a tres exdirectivos de la empresa Banacol: Javier Ochoa Velásquez, Víctor Manuel Henríquez Velásquez y Jorge Alberto Cadavid Marín.

La decisión se basó en la insuficiencia de pruebas para desvirtuar su presunción de inocencia. La defensa logró refutar los señalamientos sobre presuntos vínculos con las AUC, lo que generó una “duda insalvable”, según la magistrada.

La decisión también incluyó un llamado de atención a la Fiscalía por su actuación en el caso. El juzgado reprochó la falta de diligencia del ente acusador y calificó su conducta como “sumisa, superficial y carente de rigor”, tanto en la etapa investigativa como durante el juicio oral.

El fallo ordena remitir copia de la sentencia al fiscal general de la Nación para que se evalúe la conducta procesal de los funcionarios involucrados.