¿Qué Pasa?

Policía quedó facultada para incautar dosis mínima de drogas en las calles

Presidente Iván Duque firmó ayer el decreto. Con esta medida no serán encarcelados los consumidores.

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El presidente de la República, Iván Duque, firmó este lunes el decreto a través del cual a partir del 1o. de octubre la Policía Nacional tiene la facultad para decomisar la dosis mínima de drogas. “Este es un decreto que les da herramientas a la Fuerza Pública para destruir la droga en las calles de nuestras ciudades, cualquier dosis, por supuesto”, dijo el Presidente tras firmar el documento.

Según el Mandatario, el decreto deja en firme lo reglamentado en el Código de Policía para evitar que las drogas ilícitas afecten a los menores de edad, y aseguró que en este se establece la prohibición de sustancias ilícitas en los espacios públicos.

“En varios apartes del Código de Policía se hace referencia al daño que hace la droga. Hoy como colombianos no nos podemos sentir ni cómodos, ni complacientes, ni tolerantes con una situación de aumento del consumo en las ciudades, que es desolador porque se está comenzando a consumir drogas desde muy temprano”, añadió Duque.

OTRAS HERRAMIENTAS

El Presidente destacó que el consumo es un tema de salud pública y al mismo tiempo el precursor de muchos caminos de la criminalidad en el país. Según el mandatario, esta medida debe ir acompañada de otras herramientas que se irán reglamentando próximamente para hacer una lucha frontal contra el aumento del consumo de drogas ilícitas.

El presidente aclaró que con el decreto no se va a llevar a la cárcel al consumidor, pero sí quitarle la dosis y destruirla. Quienes sean adictos, deberán certificar esta condición para evitar el decomiso de la misma.

“Espero que con esta medida le estemos diciendo a la sociedad entera que no queremos las calles como zonas de tolerancia de las drogas. Queremos que padres de familia, que educadores, que el Estado a través de los medios, la Policía a través de estas herramientas, nos permita a todos como colombianos asumir esta tarea de rechazar las drogas con un enfoque de salud pública, de protección del espacio público”, indicó Duque.

El documento asegura que las autoridades pueden proceder a aplicar el decreto cuando adviertan la “posible infracción de la prohibición de la tenencia o porte de sustancias psicoactivas ilícitas como marihuana, cocaína o sustancias derivadas de la cocaína, heroína, amapola y drogas sintéticas”.

El decreto también fue firmado por los ministros del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez; de Justicia, Gloria María Borrero; y de Defensa, Guillermo Botero. La dosis mínima, de acuerdo con la Ley 30 de 1986, es hasta 20 gramos de marihuana, cinco gramos de hachís, un gramo de cocaína o de sustancia a base de cocaína, y hasta dos gramos de metacualona.

En el decreto de cuatro páginas que se firmó, entre tanto, se lee que “el porte y tenencia de cantidades que excedan la dosis personal será judicializado de conformidad con la normatividad vigente”.