Iglesia Católica rechaza proyecto que pretende reglamentar el acceso al aborto
A través de la Conferencia Episcopal Colombiana señala que el Ministerio de Salud no cuenta con facultades para reglamentar una sentencia de la corte sin que exista una ley que deba ser reglamentada, entre otros aspectos.
Luego de que el Ministerio Nacional de Salud y Protección Social publicara un borrador de resolución en el que se establecen las bases definitivas para acceder al aborto legal en Colombia, la Iglesia Católica, a través de la Conferencia Episcopal Colombiana, rechazó el proyecto mediante un comunicado firmado por Monseñor Juan Vicente Córdoba, presidente del Departamento de Vida de la Conferencia.
De acuerdo con la postura de la Iglesia Católica “el Ministerio de Salud justifica su actuar en el cumplimiento de la sentencia SU 096 de 2018 de la Corte Constitucional que le reitera la orden de reglamentar el aborto. Sin embargo, olvida el Ministerio que en la misma sentencia se ordenó al congreso legislar el asunto y que dicho cuerpo se ha abstenido valientemente de hacerlo”.
Agrega el comunicado que “también olvida que no cuenta con facultades para reglamentar una sentencia de la corte sin que exista una ley que deba ser reglamentada. Y finalmente el ministro parece obviar que en Colombia el aborto es un delito que no tiene cárcel en 3 casos excepcionales. Por lo tanto, es imposible legal y lógicamente pretender que una resolución del Ministerio de Salud le dé el carácter de derecho fundamental a un delito penal.”.
Señala Monseñor Juan Vicente Córdoba que “el proyecto publicado también pretende restringir el derecho a la objeción de conciencia de profesionales e instituciones cuyos objetivos y principios prefieren la conservación de las dos vidas antes que la muerte del indefenso. También es fuente de preocupación que se pretenda impedir la oración de personas que se reúnen frente a las clínicas abortistas para pedirle a Dios por el fin del aborto en Colombia y el mundo”.
En el documento de 21 páginas del Ministerio Nacional de Salud y Protección Social, el Gobierno fija los parámetros, conceptos y rutas de atención para las personas que deseen acceder a esta práctica, cumpliendo con la orden de la Corte Constitucional, quien instó al Ministerio de Salud a expedir una resolución final de unificación de la jurisprudencia en un plazo de seis meses.