El Tribunal Superior de Bogotá confirmó este jueves 12 de agosto, en segunda instancia, la condena de 63 meses y 15 días de cárcel para Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’ por el delito de instigación a delinquir con fines terroristas.
A la condena fue agregada la inhabilitación para el ejercicio del oficio de
influencer o youtuber
y una multa de 492 salarios mínimos.
De igual manera, el
Tribunal Superior no concedió la suspensión de la ejecución de la pena como sustituida de la pena privativa de la libertad, por lo tanto, no tendrá prisión domiciliaria.
Barrera Rojas fue hallada penalmente responsable en calidad de autora del delito de daño de bien ajeno agravado en concurso con instigación a delinquir con fines terroristas
y perturbación en servicio de trasporte público, colectivo u oficial.
Esto ocurre luego que la influenciadora se grabara en noviembre de 2019 destruyendo las estaciones de
Transmilenio, en Bogotá.
Anteriormente, en marzo de 2020 Epa Colombia fue condenada por el juzgado segundo penal especializado de Bogotá a tres años y medio de prisión. Además, en ese tiempo también le prohibieron hacer uso de las redes sociales y pagar una multa de 25 salarios mínimos.
En ese tiempo la Fiscalía le imputó cargos por perturbación del transporte público, daño en bien ajeno e instigación para delinquir con fines terroristas, pero el juez de ese momento no la condenó por el último delito.
La sentencia fue apelada por la empresa Recaudo Bogotá, acreditada como víctima en el proceso, y por la Fiscalía.
El representante de Recaudo Bogotá Isnardo Gómez comentó que en primera instancia la juez absolvió a Daneidy Barrera por el delito de instigación con fines terroristas, pero ahora el Tribunal sí la condenó por esta infracción.
No obstante, como Epa Colombia aceptó los cargos en su contra y la pena se redujo de 115 meses a